28 enero 2017

UNA DICICIL SEMANA DE ENERO PARA EL GOBIERNO Julio Rodríguez López

  La tercera semana de enero de 2017 fue complicada para el gobierno, al que se le acumuló el trabajo. Para empezar, el clima enrareció el panorama, con unos descensos acusados de temperaturas y su  secuela de  carreteras cortadas, Ave retenido, ciudades aisladas en el sureste peninsular. En la misma semana el gobierno negoció con los partidos PSOE y Ciudadanos el texto de un Real Decreto-Ley para evitar acumulaciones de demandas judiciales por las cuantías cobradas en exceso en los préstamos hipotecarios por las denominadas “clausulas suelo”. Por otra parte,  los precios de la electricidad, que son solo una parte de los recibos del consumo eléctrico, subieron a ritmos alarmantes conforme crecía la demanda.

  La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 21 de diciembre de 2017 es opuesta a la limitación temporal de los efectos restitutorios vinculados a una cláusula abusiva, la correspondiente a la cláusula suelo. Hasta dicha sentencia, la retroactividad solo legaba a mayo de 2013, fecha de una sentencia del  Tribunal Supremo de España  que solo afectaba a cuatro bancos. Según la Sentencia del TJUE, los bancos españoles que practicaron dicha cláusula no solo deben de devolver lo cobrado en exceso tras la sentencia del Supremo español, sino que deben de pagar todo el exceso producido desde el primer vencimiento del préstamo.

Al inicio de la crisis de 2007-2008  los tipos de interés subieron, pero pronto se advirtió que se iban a suavizar los efectos de la recesión bajando los tipos de interés. Esto llevó a los bancos a cubrirse desde 2009 estableciendo “suelos” al descenso de los tipos. Los créditos a interés variable se convirtieron de hecho  en créditos a tipo fijo, cuyo nivel seria el establecido por cada  banco en la cláusula suelo.

El RDL 1/2017 (BOE de 21.1.2017), es un paso intermedio entre la reclamación de los consumidores y la posible demanda judicial  a plantear si no hay acuerdo entre la entidad de crédito y el prestatario-consumidor. Las entidades deberán  de establecer un sistema de reclamación previo  a la interposición de demandas judiciales, que será  voluntario para el consumidor. Recibida la reclamación  la entidad calculará la cuantía a devolver y la comunicará al consumidor, que podrá o no aceptarla. De no aceptarla se abre la vía a la demanda judicial.

El propio RDL 1/2017 establece la posibilidad de que  el banco rechace la solicitud  del consumidor  y  de que en tres meses no abone al consumidor la cantidad ofrecida. En cuanto a la información, el banco solo está obligado a poner un cartel en las oficinas o un aviso en su página Web. No es uniforme la actitud de los bancos ante las futuras reclamaciones, pues algunos amenazan con no devolver nada a los clientes por considerar como  no abusivas sus cláusulas suelo correspondientes. El cumplimiento de la nulidad de la cláusula suelo queda en manos del banco. El procedimiento previsto en el Real Decreto, no muy transparente, puede suponer un cierto “mareo de perdiz” previo a la demanda judicial.

  Durante la semana citada de enero de 2017 los precios de la electricidad crecieron  en España con intensidad. El  gobierno apeló a las condiciones climatológicas, a la menor oferta de energía de origen nuclear en Francia. Puede haber influido más  en la escalada de precios la reducción de la oferta, en especial la procedente de centrales que utilizan el gas natural. Tales centrales  han reducido su participación en la oferta, sea por indisponibilidad o por  falta de gas., a pesar de percibir una retribución fija que garantiza su disponibilidad.

Según la “Declaración de Economistas frente a la Crisis sobre los precios de la electricidad” (www.economistasfrentealacrisis.com)  de 20 de enero, el precio de la electricidad supera en España al de países europeos comparables. La regulación  del sistema eléctrico español es la responsable de tan altos precios. Las tarifas deben de reflejar el coste real del “mix” energético. Los precios actuales de la electricidad no resultan, pues asumibles.

Una versión de este artículo se publicó en la revista semanal “El Siglo de Europa” el 30.1.2017




JRL es  vocal del Consejo Superior de Estadística y miembro de “Economistas frente a la Crisis”.